RETIRO DE FONDOS COMUNES

1. PROGRAMA DE FONDOS COMUNES

Son los recursos que percibe un núcleo agrario por el disfrute sus recursos naturales o por pago de indemnizaciones por expropiaciones y/o ocupaciones previas de sus tierras, estos recursos pueden ser depositados en FIFONAFE.

2. FONDOS COMUNES DE USO INDIVIDUAL

Son aquellos originados por el pago de indemnizaciones por expropiación de tierras usufructuadas de manera individual, es decir parceladas.

3. FONDOS COMUNES DE USO COLECTIVO

Son  aquellos  provenientes  del  disfrute  o  explotación  de  los  recursos naturales de ejidos y comunidades, o bien por el pago de indemnización por expropiación de tierras, usufructuadas de manera común o colectiva.

4. REQUISITOS PARA EL RETIRO DE FONDOS COMUNES

USO COMÚN

Convocatoria (s), en su caso, acta de no verificativo y acta de asamblea con relación de huellas de los asistentes, en donde se solicite el retiro; precisando (1) origen de los fondos, (2) monto solicitado, y (3) destino de los recursos.

Original o copia certificada y copia fotostática de la convocatoria y del acta de elección de los órganos de representación u original de la constancia expedida por el Registro Agrario Nacional; que indique los nombres, sus cargos y la vigencia. En caso de afectaciones individuales, resultado de un parcelamiento económico, incluir también:

a) La asamblea debe señalar en el acta de retiro, el reconocimiento de los afectados y la superficie.

b) Los afectados deberán dar  su anuencia de conformidad anexando original y copia fotostática de su identificación original.

En caso de ocupaciones previas y pagos anticipados a la publicación del decreto, incluir también:

a) Convenio suscrito entre la promoverte, los órganos de representación del núcleo agrario y/o los afectados, y la Procuraduría Agraria en donde se especifique de manera expresa la ocupación.

b) Anuencia de la promoverte que señale que el núcleo agrario afectado puede disponer de sus recursos.

USO INDIVIDUAL

Petición por escrito del afectado o beneficiarios, en el que señale: (1) origen de los fondos, (2) monto solicitado, y (3) destino de los recursos.

Identificación oficial en original para cotejo y copia fotostática de cualquiera de los siguientes documentos: credencial de elector, pasaporte o matrícula consular.

Certificado de derechos agrarios o parcelarios, o en su caso sentencia del tribunal Unitario Agrario; original o copia certificada para el cotejo y copia fotostática. En caso de ser sucesor o beneficiario, además se requiere.  

Traslado de derechos agrarios expedido por el Registro Agrario Nacional en original o constancia del RAN donde se acredite la sucesión del derecho o copia de la sentencia del Tribunal Unitario Agrario competente.

En caso de que no existan sucesores o beneficiarios, el núcleo agrario podrá disponer si presenta: sentencia favorable al núcleo agrario del Tribunal Unitario Agrario competente en copia certificada; acta de asamblea y convocatorias para solicitar el retiro de los fondos, y en su caso acta de verificativo y segunda convocatoria.

5. TIEMPO QUE TARDA LA AUTORIZACION DEL RETIRO DE FONDOS

Desde la recepción de la solicitud debidamente integrada, hasta la notificación de la resolución el tiempo máximo, será de 25 días hábiles.

6. EL FONDO COMUN SE INVIERTE EN .

El fondo común puede ser invertido en cualquier concepto de inversión licito, conforme a los acuerdos de la asamblea de ejidatarios o comuneros o bien, de los derechosos individual cuando es el caso, en actividades de tipo productivo y también de tipo social.

7. COSTO DEL TRÁMITE Todos los servicios que ofrece el FIFONAFE son GRATUITOS

8. ¿DÓNDE PUEDO REALIZAR EL TRÁMITE?

Para conocer la representación estatal más cercana a su domicilio:

  • Llamar al teléfono lada sin costo 01 800 849 59 70 ó al 54 82 32 00 ext. 142 ó 400

  • En la ventanilla de audiencia campesina, ubicada en Av. Revolución No. 828, P.B. Col. Mixcoac, Delegación benito Juárez, C.P. 03910, México, D.F.

  • HORARIO: lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 horas

  • Consultar la página en Internet del FIFONAFE: www.fifonafe.gob.mx

 

Fuente de la Información: Unidad de Enlace
Última Actualización: 27/11/2014