PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA LA CONSTITUCION DE
SOCIEDADES MERCANTILES INMOBILIARIAS EJIDALES Y COMUNALES
Con este programa el FIFONAFE busca impulsar que los sujetos agrarios propietarios de tierras con potencial urbano se beneficien de la plusvalía mediante su participación en sociedades mercantiles de tipo inmobiliario, así como que se incorpore tierra de origen social al desarrollo urbano de manera legal y ordenada.
1. ¿Para que sirve el Programa?
2. ¿Hasta cuanto me pueden prestar?
3. ¿Como se aplican los recursos?
4. ¿Cuales son las condiciones para el préstamo?
5. ¿Que requisitos debo cubrir?
Otorgar apoyos financieros a los núcleos agrarios y grupos de ejidatarios que cuenten con dominio pleno de sus parcelas para constituir y poner marcha sus sociedades mercantiles inmobiliarias con fines inmobiliarios; ya sea habitacionales, turísticos o industriales.
El monto máximo es de $300,000.00
Los recursos no se entregan en una sola exhibición y se aplican para cubrir:
Los honorarios derivados del levantamiento topográfico de las tierras por aportara a la sociedad.
El costo de inscripción y certificación de las actas y planos ante el Registro Agrario Nacional.
El costo del avalúo.
Los honorarios notariales derivados de la escrituración del acta constitutiva de la sociedad y de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
El pago de las licencias, permisos y autorizaciones.
4. CONDICIONES DEL FINANCIAMIENTO
El plazo máximo de recuperación es de 3 años a partir de que se firma el Contrato de Financiamiento, fijándose una tasa de interés fija equivalente a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, vigente a la fecha en que se otorgue el financiamiento.
En caso de incumplimiento en el pago se cargará un interés moratorio del 4% por amortización vencida y no pagada.
Se debe garantizar el financiamiento con una fianza y/o pagarés, pudiendo subrogarse con la parte proporcional del predio una vez constituida la sociedad.
Presentar solicitud por escrito.
Contar con el PROCEDE.
Para los núcleos agrarios contar con el acuerdo de asamblea autorizando la solicitud del financiamiento y la aportación de tierras a la sociedad y para el grupo de ejidatarios tener liberados sus títulos de propiedad.
Contar con las prefactibilidades de uso del suelo y servicios básicos de urbanización emitidas por autoridad competente.
Que los terrenos estén libres de asentamientos humanos.
Adicionalmente se proporciona asesoría gratuita en la conformación del expediente que se debe presentar ante la Procuraduría Agraria conforme al artículo 75 de la Ley Agraria, cuando se aporten tierras de uso común a sociedades mercantiles o civiles.
FORMATOS UTILIZADOS
SOLICITUD DE SOCIEDADES MERCANTILES
Para cualquier información llama a las Oficinas Centrales del FIFONAFE, en la Ciudad de México a los telefonos :
01 55 54 82 32 00 ext. 123
01 800 849 59 70 (lada sin costo)
Ultima Modificación : 31Oct-2003.